MANUAL DE CONVIVENCIA ART. 20 Nº 19
1.1.3
Art. 14 DEBERES DEL Y LA ESTUDIANTE.
No. 40 evitar cualquier acto de palabra o de hecho que afecte negativamente el buen nombre de la institución y los integrantes.
Art. 14
No. 51 Hacer buen uso de las TIC’s y únicamente para fines educativos respetando a los otros, respetándose y haciéndose respetar.
Art. 14
No. 52 Proteger la integridad y seguridad personal y la de los demás.
Art. 14
No. 55 No utilizar las TIC’s para promover, consultar, ver comprar, compartir actividades relacionadas con explotación de menores, pornografía infantil, prostitución infantil, trata de personas, promoción de conductas auto destructivas, organizaciones y/o al margen de la leyó cualquier otra conducta que atente contra los derechos humanos.
Art. 14
Parágrafo 6: El incumplimiento o la omisión de los anteriores deberes afectan la convivencia de la Comunidad Educativa y por lo tanto se considera como falta.
Art. 17 CONDUCTO REGULAR, ante cualquier dificultad se debe seguir el conducto.
Art. 18
No. 3 AGRESIÓN ELECTRÓNICA es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o vídeos considerados como privacidad personal o que contengan o que contengan acciones humillantes en internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de textos insultantes y ofensivos tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.
Art. 18
No. 7 AGRESIÓN RELACIONAL: Es toda acción que afecta negativamente las relaciones sanas y adecuadas que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
Art. 18
No. 9 CIBERACOSO (Ciberbullying): De acuerdo con el art. 2 de la ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y vídeo juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
Art. 28 FALTAS GRAVES
No. 9 Uso de vocabulario y comentarios que maltraten la dignidad y salud mental o psicológica.
Art. 28 FALTAS GRAVES
No. 14 Cualquier manifestación de agresión verbal, física, psicológica que gestual que maltrate o cause daños a la integridad personal.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 1 Manifestar cualquier conducta negativa, intencional metódica y sistemática de intimidación, agresión, amenaza, ridiculización, difamación, chantaje, soborno, coacción, aislamiento deliberado o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, físico o verbal a un compañero, profesor, directivo o cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la Institución. (Ley 1620 de 2013).
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 6 Ser coautor, cómplice o encubridor de faltas graves cometidas por algún estudiante.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 11 Difundir o escribir panfletos difamatorios contra miembros de la institución, entre ellos los electrónicos pues constituyen en ocasiones delitos informáticos.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 14 Difamar, injuriar o calumniar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 15 Usar la red de internet (internet, redes sociales virtuales, telefónica móvil, y vídeo juegos online), en forma deliberada con fines intimidatorios para aspectos diferentes a los establecidos por la institución: páginas pornográficas y satánicas, correos electrónicos que afectan la integridad y el nombre de la persona y el colegio. De igual forma se aplica para el uso del celular ejerciendo maltrato psicológico y continuado.
Art. 29 FALTAS GRAVISIMAS
No. 12 Traer al colegio, mirar o hacer circular material impreso, magnético, audiovisual u objetos obscenos, así como fichas, stickers, tatuajes, tazos, calcomanías, entre otros que atenten contra la dignidad humana y vulneren la moral pública y la dignidad de las personas.
2.1.1 ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMATIVO:
*OBSTACULIZACION:
*INTERCEPCION DE DATOS:
*DAÑO INFORMATICO:
*SOFTWARE MALICIOSO:
*VIOLACION DE DATOS:
*SUPLANTACION:
*AGRAVACIÓN PUNITIVA:
2.1.2
*PRIORIDAD AL ACCESO Y USO:
*USO EFICIENTE:
*PROTECCION,PROMOCION:
*NEUTRALIDAD DERECHOS:
*MASIFICACION:
*CONOCIMIENTO:
*INTERVENCIÓN:
2.1.3
*USO DELIBERADO
*FINES INTIMIDATORIOS:
*AFECTACION DE LA INTEGRIDAD DEL BUEN NOMBRE:
*MALTRATO:
2.1.4
*RESPETO:
*LIBERTAD:
*IDENTIDAD:
*INTEGRIDAD:
Ç
*AUTONOMIA
*CALIDAD DE VIDA
*ACOMPAÑAMIENTO:
*RESPETO POR LA LEY:
*DERECHOS DE AUTOR:
*HAKING:
*`PROPIEDAD INTELECT:
*GROOMING:
*SEXTING:
*CIBERBULING:
*CIBER ACOSO:
*CIBERTERRORISMO:
Código de Conducta para el uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC)
Con el fin de promover un uso sano, seguro y constructivo de las nuevas Tecnologías de la Información y las comunicaciones – TIC, por parte de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, y conscientes de que uniendo esfuerzos se logra un mayor impacto en los colombianos que interactúan con las nuevas tecnologías, Red Paz convocó a una Mesa de Trabajo sobre este tema a:
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Ministerio de Educación Nacional, Oficina de Delitos Informáticos de la Policía Nacional, Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá ETB, Fundación Telefónica, Microsoft Colombia, Fundación Alberto Merani, Foro de Generaciones Interactivas, y a algunos padres y madres.
El primer producto de este esfuerzo es un único documento que contiene las bases que definen a un “buen ciudadano digital”, no porque consideremos que existan dos tipos de “ciudadanía”- cómo en algunos casos los usuarios creen que sucede - sino justamente para precisar el entendimiento de los conceptos en este ambiente.
Partimos de la base de que un buen ciudadano digital conoce y ejerce sus derechos y deberes ciudadanos, los practica y los respeta en todos los aspectos de su vida.
Esto implica que los utiliza con coherencia tanto en su vida cotidiana y corriente, como cuando hace uso de las TIC.
Así mismo, un buen ciudadano digital reconoce que el uso de las TIC es un derecho que implica deberes en su conducta por respeto consigo mismo y con los demás.
Este Código de Conducta es una guía para niños, niñas, adolescentes, adultos e instituciones que se comprometen a tener un comportamiento en el uso de las TIC en beneficio de su entorno social y gremial aún en ausencia de normas que rijan este comportamiento.
1. Respeto
1. Utilizo las TIC respetando a los otros, respetándome y haciéndome respetar
Cuando utilizo las TIC me respeto y respeto a los demás, siendo consciente de que todos somos personas dignas.
Conozco que la injuria, la calumnia y la difamación son un delito o agravio contra el honor y el buen nombre de las personas.
Sé que el ultraje de obra o de palabra, divulgado a través de ambientes tecnológicos puede lesionar e irrespetar los derechos, la intimidad y la dignidad de una persona u organización.
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2. Libertad
2. Ejerzo mi derecho a la libertad y respeto la de los demás
Entiendo la libertad como la posibilidad de hacer lo que no daña a otro.
Tengo la opción de decidir mi participación en cualquier actividad que me ofrezcan los ambientes tecnológicos y de hacer respetar mi decisión respetando siempre la de los demás.
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3. Identidad
3. Hago uso de mi identidad de manera segura en mi interacción con otros en los ambientes tecnológicos
Protejo mi identidad haciendo buen uso de mi información confidencial.
Me identifico con claridad y honestidad, protegiendo mi información confidencial.
No utilizo identidades falsas para suplantar personas en ambientes tecnológicos.
No comparto con otros mis claves de seguridad de acceso a los ambientes tecnológicos, para evitar que me suplanten y no lo hago con las de los demás.
No violo la privacidad y confidencialidad de los otros en los ambientes tecnológicos, aun cuando no haya sido debidamente protegida.
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4. Integridad
4. Protejo mi integridad y seguridad personal y la de los demás
Me cuido en los ambientes tecnológicos como lo haría cuando salgo a la calle, utilizando mi criterio para escoger los sitios que visito y las personas con las que interactúo.
Tomo las precauciones necesarias en las relaciones que establezco con otras personas que he conocido en los ambientes tecnológicos.
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5. Intimidad
5. Soy responsable con mi intimidad y la de los demás
En los ambientes tecnológicos comparto información sin afectar mi intimidad, ni la de otros.
Respeto la información que tengo de las personas que conozco y no la publico sin su autorización en los ambientes tecnológicos.
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6. Autonomía
6. Utilizo las TIC para el libre desarrollo de mi personalidad y mi autonomía, y a través de ella reconozco y hago respetar mis creencias y pensamientos, y los de los demás
Participo en los ambientes tecnológicos expresando libre, respetuosa y responsablemente mis preferencias, respetando siempre la diversidad, las opiniones, las creencias y los pensamientos de los demás.
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7. Calidad de Vida
7. Utilizo las TIC para mejorar mi calidad de vida, asegurándome de procurar un ambiente sano y pacífico
Utilizo las TIC para mi desarrollo personal integral, reconociéndolas como un aspecto de mi vida sin que esto afecte otras áreas de mi desarrollo.
Apropio y uso las TIC para mejorar mi calidad de vida. Aprovecho las TIC para apoyar mi crecimiento intelectual y fortalecer los aprendizajes en todas las áreas de conocimiento.
Me apoyo en las TIC para trabajar en grupo y colaborar con los miembros de mis equipos de trabajo.
Autorregulo el tiempo que dedico al uso de las TIC, asegurando tiempo para el desarrollo de los otros aspectos de mi vida.
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8. Cuidado y Acompañamiento
8. Soy consciente de que los menores de edad requieren especial cuidado y acompañamiento en el uso de las TIC.
Como ciudadano digital mayor de edad en mi relación con niños, niñas y adolescentes (NNA):
Soy un buen ciudadano digital, le doy buen ejemplo a los menores de edad.
Guío y acompaño a los menores de edad para que desarrollen competencias para el uso de las TIC de manera segura y enriquecedora.
Defino reglas de buen uso de las TIC para los menores de edad que acompaño.
Denuncio ante las autoridades las amenazas contra ellos y/o delitos en internet ante www.internetsano.gov.co, en el CAI virtual que encuentra en www.delitosinformaticos.gov.co, escribiendo a caivirtual@correo.policia.gov.co o directamente en una oficina la DIJIN de la Policía Nacional - Grupo Investigativo de Delitos Informáticos.
Aprendo y conozco sobre el uso y las experiencias que ellos tienen con las TIC.
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9. Respeto por la Ley
No utilizo las TIC para promover, consultar, ver, comprar, compartir actividades relacionadas con explotación de menores, pornografía infantil, prostitución infantil, trata de personas, promoción de conductas autodestructivas, organizaciones y/o actividades al margen de la ley o cualquier otra conducta que atente contra los derechos humanos.
Utilizo las TIC para actividades sanas, seguras y constructivas, dentro del marco de la ley colombiana.
No acepto, ni divulgo los sitios virtuales que promueven la autodestrucción, la xenofobia, la exclusión, la pornografía de menores, trata de personas, la intolerancia o cualquier actividad al margen de la ley.
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10. Derechos de Autor
10. Respeto los derechos de autor.
Utilizo productos, herramientas y software de ambientes tecnológicos legalmente adquiridos.
No copio, ni comercializo productos de las TIC que están protegidos por los derechos de autor.
Cuando copio un fragmento de un trabajo en la red o un texto hago las citas de rigor.
No compro ni promuevo el software pirata.
Apoyo el desarrollo de contenidos y de software legal, y sé que tengo la opción de generarlos.
LEY 1273 DE 2009
“de la protección de la información y de los datos”
LEY 1341 DE 2009
Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones.
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